Según la pagina web del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente se indica que las funciones del mismo
son: “La protección, defensa y mejoramiento del ambiente. Surge como una organización fundamental del
país para un desarrollo ambiental armónico, equilibrado y sustentable, que
garantice un continuo mejoramiento de la calidad de vida a las generaciones
presentes y futuras”, así mismo se define como MISIÓN INSTITUCIONAL, la de “Garantizar
una mejor calidad de vida, mediante una gestión ambiental transversal, rectora,
ejecutora y normativa, del uso y conservación de los recursos naturales,
promoviendo la participación de la sociedad para lograr el desarrollo
sostenible”, y como VISION INSTITUCIONAL
identifica al Ministerio como “Órgano
de la administración pública nacional, rector de la política ambiental, de los
altos niveles de excelencia, plenamente integrado en las diversas instancias
decisorias de la esfera política, económica y social del país, y que a través
de una gestión desconcentrada, descentralizada y participativa promueve el
desarrollo sostenible en aras de mejorar la calidad de vida”.
Ahora bien dentro de las competencias u objetivos encontramos:
La
regulación, formulación y seguimiento de la política ambiental del Estado
Venezolano.
La planificación, coordinación y
realización de las actividades del Ejecutivo Nacional para el fomento y
mejoramiento de la calidad de vida, del ambiente y de los recursos naturales.
El diseño e implantación de las políticas educativas ambientales.
El ejercicio de la autoridad
nacional de las aguas. La planificación y ordenación del territorio.
La administración y gestión en
cuencas hidrográficas.
La conservación, defensa, manejo,
restauración, aprovechamiento, uso racional y sostenible de los recursos
naturales y de la biodiversidad.
El manejo y control de los
recursos forestales.
La generación y actualización de
la cartografía y el catastro nacional.
La evaluación, vigilancia y
control de las actividades que se ejecuten en todo el territorio nacional, en
especial en las áreas urbanas y marino-costeras, capaces de degradar el
ambiente.
La administración de las Áreas
Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE) que le correspondan.
La operación, mantenimiento y
saneamiento de las obras de aprovechamiento de los recursos hídricos.
La normativa técnica ambiental.
La elaboración de estudios y
proyectos ambientales.
Las demás que le atribuyan las leyes
y otros actos normativos.
En resumen podemos mencionar que
es el rector, planificador y
administrador de las actividades de aprovechamiento, conservación, defensa y
mejoramiento del ambiente, para garantizar el uso racional de los recursos y
contribuir al mejoramiento de la calidad de vida del venezolano.
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